miércoles, 27 de julio de 2016

Fallo Judicial que favorece a APJESA



En su veredicto, el tribunal de apelaciones, Sala II de la Cámara Federal , integrado por los camaristas Guillermo Federico Elías, Mariana Inés Catalano y Alejandro Augusto Castellanos, determinó que la situación de las entidades sindicales que no tienen personería gremial para negociar convenios colectivos quedó legitimada con un fallo de la Corte de Justicia de la Nación de noviembre de 2015. El máximo tribunal declaró inconstitucional algunas disposiciones de la ley nacional 23.551 de asociaciones sindicales que otorgaba privilegios a los sindicatos con personería gremial por encima de aquellos que no la tienen. En este fallo, esta situación se cumplió a rajatabla donde la Municipalidad de Salta,reconoció como único negociador del convenio colectivo a la UTM (Unión de Trabajadores Municipales), desconociendo representatividad a los sindicatos nucleados en la Intergremial sin personería gremial. Según la Corte de Justicia, esos privilegios legales van en detrimento de la actividad de los gremios sin personería, los que bajo ningún punto pueden ser dejados de lado al momento discutir cualquier negociación salarial o laboral.

La Agremiación de Empleados Municipales de Salta (Ademus) planteó que el convenio colectivo fue el resultado de un acuerdo espurio entre el exintendente Miguel Isa y Pedro Serrudo, secretario general de la UTM. "Lo que pretendían era hacer desaparecer a los nueve sindicatos que conforman la Intergremial Municipal, con el argumento de que no contamos con personería gremial", expresó César Molina, secretario general de Ademus.

De esta maera la Sala II de la Cámara Federal de Apelaciones confirmó la inconstitucionalidad del convenio colectivo de trabajo firmado entre la Municipalidad de Salta y la Unión de Trabajadores Municipales (UTM), homologado por la Secretaría de Trabajo de la Nación el 9 de octubre de 2014. El tribunal desestimó el recurso presentado por el titular de la UTM, Pedro Serrudo, en contra del fallo dictado en abril pasado por el juez federal Nº 1.



 "UN FALLO NOVEDOSO"


Esteban Cabrini, el asesor de Ademus, calificó de "novedoso" el dictamen de la Cámara Federal de Apelaciones que confirmó la inconstitucionalidad del convenio colectivo municipal, al tiempo que sostuvo que "por su contenido este fallo sienta jurisprudencia a nivel nacional". El letrado señaló que la resolución del tribunal salteño va de la mano con lo resuelto por la Corte Suprema de Justicia de la Nación en relación con las entidades sindicales que no cuentan con personería gremial. "La Corte ha dicho que los sindicatos que se encuentran en esta situación tienen el mismo grado de representación que aquellos con personería gremial", expresó.


Cabrini señaló que a partir de esta resolución todas las entidades que integran la Intergramial están habilitadas para participar de cualquier negociación con la patronal. "El hecho de que la Justicia haya determinado la inconstitucionalidad del convenio es todo un tema, y en eso radica lo novedoso del fallo".

Fuente:
Diario el Tribuno


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