lunes, 28 de febrero de 2011

PROMOCIÓN CON TRES PREVIAS, POR UNA EDUCACION POPULAR e INCLUSIVA,

                              Frente al inminente inicio del Periodo de Actividades Educativas 2011, la Asociación del Personal Jerárquico Educativo de Salta (APJESA) que nuclea al personal directivo de instituciones escolares y al personal docente jerárquico, considera  un deber irrenunciable expresarse sobre el alto porcentaje de alumnos desaprobados en las Instancias Evaluativas correspondientes a los meses de Diciembre y  Febrero propiciando en muchos casos la expulsión del sistema y el probable abandono de los mismos.
                                  La respuesta a esta problemática debe abordarse en el marco de los "Lineamientos políticos y estratégicos de la Educación Secundaria Obligatoria", aprobado por Resolución Nº 84/09 del Consejo Federal de Educación, en cuanto a que la evaluación no debe constituir, por principio, una herramienta de expulsión/exclusión del sistema, en congruencia con su carácter obligatorio.
                                    Ante la preocupante situación, que aflige a alumnos y  padres  salteños quienes con gran esfuerzo costean los estudios de sus hijos, APJESA  solicita  a las autoridades educativas y al Gobierno de la Provincia de Salta en carácter de muy urgente la modificación del Régimen de Evaluación, de Nivel Secundario/ Polimodal y EGB 3 en secundarias, de las diferentes modalidades y regímenes, tanto de gestión estatal como privada, a fin de que aquellos alumnos que adeuden hasta tres espacios curriculares en carácter de pendientes puedan promover al curso inmediato superior ; como así también solicita se establezca en carácter de emergencia  y por única vez un nuevo periodo de exámenes,  durante los próximos días 16, 17 y 18 de marzo.
                         Solo podrían rendir, en ese periodo, los alumnos que tengan más de tres asignaturas pendientes de cualquier año, previa solicitud de inscripción de examen, presentada antes del 11 de marzo, en una cantidad acotada de espacios, que resulte de la diferencia entre el número de sus asignaturas pendientes y tres, a elección del alumno, (Ejemplo: si tendría cuatro pendientes solo se le permitiría inscribirse y rendir una, si tendría 5 solo se le permitiría inscribirse y rendir 2 y así sucesivamente, siempre en asignaturas seleccionadas por el alumno.
                   Como condición necesaria para que los alumnos con tres materias pendientes sean promovidos al curso inmediato superior será imprescindible que el padre, madre o tutor firme un acta compromiso en la cual asuma responsabilidad en cuanto al control y apoyo hacia el alumno. Los educandos que alcancen la promoción en Marzo, ingresarían al curso de promoción el próximo 21 de marzo.
                                        Se advierte que las medidas solicitadas se fundamentan  en un concepto de Equidad, ya que provincias como Bs. As., Córdoba, Tucumán, Formosa. Etc.,  han adoptado esta modalidad a fin de disminuir la deserción, el desgranamiento, la repitencia, el fracaso escolar (actualmente se gradúa menos del 50 por ciento de los alumnos que cursan el nivel Medio) y promover la inclusión de jóvenes y adolescentes en situación de mayor vulnerabilidad.
                        Tampoco debe escapar a la consideración de las autoridades educativas la situación de aquellos alumnos en situación de sobre-edad que serían expulsados del sistema por la vigencia de la Res. Nº 8854/2010 del Ministerio de Educación de la Provincia de Salta, la cual fija la edad mínima de ingreso al Bachillerato Salteño para Adultos en 18 años privando del ingreso a aquellos jóvenes que por razones de trabajo y o tempranas responsabilidades parentales no pueden concurrir a ciclos diurnos. Las medidas propuestas permitirían la reinserción al sistema educativo de la mayoría de estos jóvenes evitando la reinstauración de proyectos educativos ya fracasados, vigentes durante el llamado Proceso Militar, cuando se crearon instituciones para los “porros” es decir destinadas a alumnos repitentes en horario  vespertino, que lo único que logran es la estigmatización y marginalidad de esta población escolar.
Y finalmente todo lo expresado  es concordante con el Documento “Enseñar en el siglo 21” que plantea la finalidad de “Revisar integralmente la problemática de la Evaluación” (el mismo fue elaborado por la Dirección General de Educación Secundaria) y con el Plan de mejora Institucional que establece la toma de decisiones para subsanar el bajo rendimiento, la repitencia y la deserción y haría posible cumplimentar con el carácter obligatorio del nivel secundario a partir de la vigencia de la ley nacional Nº 26.203 y de la ley de educación de la provincia Nº 7546.

martes, 22 de febrero de 2011

Arbitrariedad Contra la Directora Profesora Cristina Cosci

Prof. Cristina Cosci
APJESA repudia la medida instrumentada mediante la Res. Ministerial Nº 229/2011 que establece un sumario administrativo y el traslado  de la actual Directora del Colegio Secundario “Batalla de Salta”, Prof. Cristina Cosci. Esta situación se genera a partir de  conflictos institucionales que se originan por la exigencia de la Directora en hacer cumplir las normas escolares y al considerar la otra parte que dichas exigencias fueron solicitadas con autoritarismo, en forma agresiva y con falta de respeto.
Cabe destacar que los conflictos de intereses, oposiciones y desacuerdos institucionales son inevitables y forman partes de la vida misma de cualquier organización, escolar o de otro tipo, el conflicto no es un problema, necesariamente, sino un componente natural e inevitable del proceso organizacional y de las luchas internas por recursos, poder o influencia, proceso que desencadena el crecimiento institucional cuando es bien conducido. 

Los hermanos sean unidos
porque esa es la ley primera
tengan unión verdadera
en cualquier tiempo que sea
porque si entre ellos pelean
los devoran los de afuera
MARTIN FIERRO
DIBUJO FONTANARROSA

Si se acepta que el conflicto siempre está presente, entonces el análisis se desplaza hacia los modos más convenientes de manejarlo. Si hay un pobre manejo estratégico, el conflicto se torna destructivo, estimula la lucha interna, genera situaciones de competencia por temas no sustantivos de control y poder. A partir de allí, el trabajo diario se desarrolla  con alto nivel de estrés y en un ambiente de bajo nivel de confianza; el clima se torna  hostil y surgen  problemas psicológicos; se sabotea la moral, la auto-imagen y la identidad grupal; se polariza la opinión de las personas, de los grupos y destruye la cooperación, confrontando a los integrantes y estimulando conductas agresivas, como también tácticas de exclusión y hostigamiento. De tal manera que genera a todos los actores percepciones individuales de exclusión, hostilidad y humillación. Finalmente, se desatienden los temas importantes relegándolos innecesariamente y perjudicando la actividad escolar

Cuando en el conflicto está involucrado el Director con sus docentes y tiene intervención el Supervisor, se produce una ruptura en la vía jerárquica,  la responsabilidad por el manejo de la crisis se traslada a este último impidiendo a su vez, que se resuelva por la vía natural del acuerdo entre las partes en conflicto. En este caso se observa que la intervención fue insuficiente y equívoca, con consecuencias negativas, no solo por la falta de resolución del mismo sino por su profundización. De este análisis se deduce que es necesario incluir la capacitación a Supervisores, en habilidades de manejo de conflictos y desaconsejar su participación  en los procesos de solución cuando forman parte de dicho conflicto.
El conflicto bien manejado estimula la creatividad y la innovación,  haciendo a la organización más efectiva y adaptativa.
   
El proceso de resolución pacífica de conflictos involucra reconocer igualdad de derechos y oportunidades entre las partes en la búsqueda de solución, restablecer la relación y posibilitar la reparación, si fuera necesario.

La resolución de conflicto de esta naturaleza a través de un sumario y el traslado de una de las parte, es una arbitrariedad jurídica y contrario a la filosofía y práctica educativa de resolución pacífica, tanto el Ministerio de educación de la Nación como el de la Provincia establecieron las pautas para el procesamiento de conflictos institucionales de esta naturaleza con el desarrollo de normas de convivencia, en base a la mediación, el arbitraje y la negociación.
 Que es inadmisible llegar a la separación del cargo con sumario por denuncias de 7 docentes de un total de 100, por malos tratos por los siguientes motivos:
a) Los conflictos se originaron por incumplimientos reglamentarios.
b) Previamente no existió ninguna actuación de mediación, negociación y/o arbitraje, entre las partes.
c) No existió incumplimiento de orden por parte de la Directora ni sanciones previas aplicadas por la superioridad.
"perdona nuestras ofensas
como también nosotros
 perdonamos a los que nos ofenden"
JESUS
d) Un sumario se solicita para aplicar sanciones mayores al llamado de atención, apercibimiento y cinco días de suspensión, sanciones nunca solicitadas por el superior.
e) No se comunicó a la sumariada del expediente por la cual se tramitaba las actuaciones en su contra. (Expediente secreto).
f) El sumario no es el elemento adecuado ni instituido en la solución del conflicto de esta naturaleza.
g) El traslado aplicado a la docente no tiene destino y no concuerda con lo establecido estatutariamente.
h) El estado a través del incumplimiento inescrupuloso de normas y de criterios de razonabilidad es el causante primario del conflicto al designar arbitrariamente en cargos docentes personal sin cuadro de puntaje ni con los mínimos requisitos de idoneidad.
"Hemos aprendido a volar como los
pájaros y a nadar como los peces,
pero no hemos aprendido el
sencillo arte de vivir juntos
 como hermanos".
MARTIN LUTER KING
i) El dictamen del Departamento jurídico carece de ecuanimidad ya que en anteriores denuncias de orden masivo de docentes por faltas graves y de hechos delictuosos no aconsejaron la separación del cargo cuando si fueron solicitados por la superioridad.

Que APJESA tuvo interacción con algunos miembros del conflicto observando que existe la intención y voluntad de las partes en resolverlo, lo que implica:
• Hacerlos visibles en la interacción interpersonal y/o grupal.
• Considerar los intereses de las partes involucradas.
• Disposición a ceder para llegar a una salida que beneficie a los involucrados.
Que APJESA cuenta con especialista en mediación para la resolución del conflicto ofreciendo su oficio para la solución pacífica ya que en el mundo moderno son las asociaciones profesionales que intervienen.
Que de proseguir con la resolución que se objeta por su arbitrariedad, deja a todas las instituciones y al personal, independientes de cargos y jerarquías, sujeto a la manipulación, a la arbitrariedad, a la perdida de los derechos estatutarios y al gobierno de los dictámenes jurídico, como así también a la desunión y a las luchas internas.

Cuando los nazis vinieron por los comunistas / me quedé callado; / yo no era comunista. / Cuando encerraron a los socialdemócratas / permanecí en silencio; / yo no era socialdemócrata. / Cuando llegaron por los sindicalistas / no dije nada; / yo no era sindicalista. / Cuando vinieron por los judíos / No pronuncié palabra; / yo no era judío. / Cuando vinieron por mí / no quedaba nadie para decir algo.
(Anónimo)

martes, 15 de febrero de 2011

Secretaría de Organización de APJESA


Prof. Elena Vázquez de Barrios
SECRETARIO DE ORGANIZACION
APJESA
  Presentamos el blog  de la Secretaría de Organización de APJESA a cargo de la Prof. Elena Vázquez de Barrios, con información gremial de orden local y nacional, de luchas históricas de docentes de la provincia de Salta y conceptualizaciones de Conducción, liderazgo y estrategia.
Se debe tener en cuenta que la organización es un medio a través del cual se establece la mejor manera de lograr los objetivos del grupo social, suministra los métodos para que se puedan desempeñar las actividades eficientemente, con un mínimo de esfuerzo, evita la lentitud e ineficiencia de las actividades, reduciendo los costos e incrementando la productividad y reduce o elimina la duplicidad de esfuerzos, al delimitar funciones y responsabilidades.
La Secretaría de Organización de Apjesa tiene además por objetivo la de organizar y planificar las acciones de lucha de la organización sindical en forma estratégica, política y de inteligencia logística.
El general Juan Perón, destacado por sus conocimientos de organización y condución dijo:
Lo único que vence al número es la organización.
Y no sólo esto. La organización es lo único que ha    conseguido vencer a la muerte.
Porque la organización también vence al tiempo.
No los hombres, pero sí las organizaciones.
Las organizaciones sobreviven a los hombres.
Quiere decir que es el único invento del hombre que ha sobrepasado al tiempo.
La organización vence, pues, al número y vence al tiempo.

domingo, 6 de febrero de 2011

Secretaría de Asuntos Laborales y del Dpto. Jurídico de APJESA

Prof. Silvia Adriana Rossetto
SECRETARIO DE ASUNTOS LABORALES
APJESA
Para la defensa del trabajador docente y para atender la debida aplicación de las normas legales y convencionales, APJESA cuenta con la Secretaría de Asuntos Laborales a cargo de la Prof. Silvia Adriana Rossetto y del Departamento Jurídico a cargo de la Dra. Marta Elina Gonzalez. En el gadget de la derecha se puede acceder al blog especifico, encontrarás un breve currículum de sus integrantes e información sobre normas legales correspondiente al sistema educativo, al derecho administrativo y laboral,  nacionales y provinciales, que tienen influencia directa o indirecta sobre la labor de los docentes. 
Mediante correo electrónico podrá usted trasladarnos sus consultas de índole laboral, las que será respondida a la brevedad posible.

Abogada
Dra. Marta Lina González
Prof. en Cs. Jurídica - Escribana Titulada
JEFA DPTO. JURIDICO Y VOCAL S. DE APJESA
 Los cambios de planes de estudios son inevitables e incidirán en la docencia de manera significativa, sin embargo el impacto que cause a los trabajadores de la educación será heterogéneo, en algunos, posiblemente las mediadas impactarán negativamente con merma de las horas cátedras, el estado de disponibilidad, perjuicios en los nuevos horarios, horas sándwiches, etc., Otros posiblemente serán beneficiados.
Se debe tener en cuenta que el personal títular que sea declarado en disponibilidad: el año con goce de haberes debe computarse a partir del momento que no acepta el ofrecimiento de reubicación por causas ajenas a su voluntad. En anteriores modificaciones curriculares División Liquidaciones y muchos establecimientos educativos dieron de baja por error a docentes en horas cátedras al computarse equívocamente el años de disponibilidad sin que exista ofrecimiento formal mediante Resolución Ministerial de reubicación y la falta de aceptación a esa reubicación. Aquellos docentes al día de la fecha tienen el derecho a ser reincorporados y reclamar los haberes no percibidos.
Los docentes titulares al igual que todo trabajador de la administración pública tienen el derecho a la estabilidad, por lo tanto la disponibilidad no es indemnizatoria.
Tómese por equivalente reubicación y reasignación porque así lo llama la provincia en sus instrumentos legales, sin embargo, existen diferencias.





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