domingo, 6 de febrero de 2011

Secretaría de Asuntos Laborales y del Dpto. Jurídico de APJESA

Prof. Silvia Adriana Rossetto
SECRETARIO DE ASUNTOS LABORALES
APJESA
Para la defensa del trabajador docente y para atender la debida aplicación de las normas legales y convencionales, APJESA cuenta con la Secretaría de Asuntos Laborales a cargo de la Prof. Silvia Adriana Rossetto y del Departamento Jurídico a cargo de la Dra. Marta Elina Gonzalez. En el gadget de la derecha se puede acceder al blog especifico, encontrarás un breve currículum de sus integrantes e información sobre normas legales correspondiente al sistema educativo, al derecho administrativo y laboral,  nacionales y provinciales, que tienen influencia directa o indirecta sobre la labor de los docentes. 
Mediante correo electrónico podrá usted trasladarnos sus consultas de índole laboral, las que será respondida a la brevedad posible.

Abogada
Dra. Marta Lina González
Prof. en Cs. Jurídica - Escribana Titulada
JEFA DPTO. JURIDICO Y VOCAL S. DE APJESA
 Los cambios de planes de estudios son inevitables e incidirán en la docencia de manera significativa, sin embargo el impacto que cause a los trabajadores de la educación será heterogéneo, en algunos, posiblemente las mediadas impactarán negativamente con merma de las horas cátedras, el estado de disponibilidad, perjuicios en los nuevos horarios, horas sándwiches, etc., Otros posiblemente serán beneficiados.
Se debe tener en cuenta que el personal títular que sea declarado en disponibilidad: el año con goce de haberes debe computarse a partir del momento que no acepta el ofrecimiento de reubicación por causas ajenas a su voluntad. En anteriores modificaciones curriculares División Liquidaciones y muchos establecimientos educativos dieron de baja por error a docentes en horas cátedras al computarse equívocamente el años de disponibilidad sin que exista ofrecimiento formal mediante Resolución Ministerial de reubicación y la falta de aceptación a esa reubicación. Aquellos docentes al día de la fecha tienen el derecho a ser reincorporados y reclamar los haberes no percibidos.
Los docentes titulares al igual que todo trabajador de la administración pública tienen el derecho a la estabilidad, por lo tanto la disponibilidad no es indemnizatoria.
Tómese por equivalente reubicación y reasignación porque así lo llama la provincia en sus instrumentos legales, sin embargo, existen diferencias.





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